El costo de las sanciones de tránsito se dispararon tras la liberación de los precios de los combustibles y el aumento significativo del litro de nafta.
Con la política de liberación de precios de la economía implementada por el gobierno de Javier Milei y el notable aumento de los combustibles, cometer una infracción de tránsito en la ciudad de Rosario cuesta cada vez más caro.
La concejala de Iniciativa Popular, Fernanda Gigliani, presentó un proyecto para bajar a la mitad las sanciones económicas para conductores que cometan faltas leves al código de tránsito.
Ocurre que la Ordenanza Nº 10.267 establece, en su Artículo 40º, la utilización de la «Unidad Fija» (UF) como elemento de sanción, atando las mismas al valor del litro de nafta súper en los surtidores de YPF. Los aumentos en los combustibles desde diciembre de 2023 a la fecha estuvieron muy por encima del aumento de los salarios. “Entendemos que es necesario revisar las penalidades por infracciones de tránsito consideradas de menor gravedad, ya que muchas veces las mismas se hacen impagables”, afirmó Gigliani y aclaró: “Quien infringe una normativa debe pagar las consecuencias, pero también es cierto que el infractor debe tener la posibilidad real de poder pagar la sanción. El valor de las multas no puede convertirse en un hecho confiscatorio”.
De aprobarse la iniciativa, las infracciones que tendrán como unidad de medida el valor de medio litro de nafta súper serán solo las consideradas leves. En esta categoría aparecen violaciones al código de tránsito como: no respetar la senda peatonal; manejar con una sola mano; conducir fumando; efectuar tareas de carga o descarga fuera de horario permitido o en lugar prohibido; la violación a las disposiciones referentes a estacionamiento medido; circular con licencia vencida.
Los cambios
Con el proyecto de Gigliani, conducir vehículos en contravención a las disposiciones vigentes, será sancionado de la siguiente manera:
-Con multa de 30 ( 60.000) a 200 UF (400.000) y/o inhabilitación para conducir de diez
(10) a sesenta (60) días.
-No respetar la línea de frenado y/o senda peatonal, la prioridad de paso de peatones o
de otros vehículos, a lo que se le aplicará el 50% de la escala establecida.
-Si la maniobra genera riesgo a la seguridad de un peatón, la escala
aplicable será del 100%. ( 90.000 a 600.000).
-Manejar con una sola mano, a lo que se le aplicará el 50% de la escala establecida ( 90.000 a 600.000)
-Conducir fumando, a lo que se le aplicará el 50% de la escala establecida( 90.000 A 600. 000).
Las infracciones a la seguridad en el tránsito serán sancionadas de la siguiente manera:
-Con multa de 30 a 200 UF por: ( 60.000) a ( 400.000).
-Efectuar tareas de carga o descarga fuera de horario permitido o en lugar prohibido, a
lo que se le aplicará el 50% de la escala establecida, 90.000 a 600.000.
La violación a las disposiciones referentes a estacionamiento medido, será sancionada con multa de 8 a 24 UF. ( 16.000 a 48.000).
Los fondos que se recauden por
esta penalidad, una vez cumplimentado el monto correspondiente de estacionamiento
medido, se destinarán a integrar el Fondo Compensador del Transporte Urbano.
En materia de documentación exigible se sancionará del siguiente modo:
Con multa de 50 a 150 UF por conducir: ( 100.000 a 300.000).
Con licencia vencida, a lo que se le aplicará el 50% ( 150.000 a 450.000).